La Administración de Seguro Social paga beneficios a personas que no pueden trabajar porque tienen un padecimiento médico que se espera que dure por lo menos un año o resulte en muerte. La determinación a estos beneficios dependerá de su condición médica y si usted cuenta con los créditos necesarios para ser elegible.
El Seguro Social no otorga dinero a personas con incapacidades parciales o a corto plazo de tiempo. Durante nuestros cuarenta (40) años de experiencia tramitando solicitudes de incapacidad a nuestros clientes, hemos encontrado que en muchas ocasiones aunque el cliente tenga una condición incapacitante no tiene los créditos necesarios acumulados y por lo tanto no es elegible para recibir los beneficios.
Si usted considera que tiene una condición que no le permite trabajar, visítenos y reciba una orientación completa. Recuerde que usted tiene derecho a recibir una representación legal en su reclamación.
La información
que necesitamos incluye:
Su número de Seguro Social.
Certificado de nacimiento.
Los nombres, direcciones y números de teléfono de sus doctores, trabajadores sociales, hospitales y clínicas que lo trataron y las fechas de las visitas.
Los nombres y la dosis de todos los medicamentos que toma.
Los expedientes médicos de sus doctores, terapeutas, hospitales, clínicas y trabajadores sociales que ya tenga en su posesión.
Los resultados de laboratorio y pruebas médicas.
Un resumen de los sitios donde trabajó y el tipo de trabajo que desempeñó.
El earning record.
✔ Si ya solicitó el Seguro Social ante la Administración de Seguro Social debe traernos todos los documentos del Seguro Social, notificaciones, denegaciones, decisiones, formulario de apelaciones, etc.